Artº
9.- Quórum de asistencia y
votaciones
Las Asambleas
Generales tanto ordinarias
como extraordinarias
constituidas en primera
convocatoria cuando
concurran a ella un tercio
de los asociados con derecho
a voto, y en segunda
convocatoria cualquiera que
sea el número de asociados
con derecho a voto. Será
necesaria en todo caso la
presencia del Presidente y
Secretario, o de las
personas que legalmente les
sustituyan.
Los acuerdos
se tomarán por mayoría
simple de las personas
presentes o representadas
cuando los votos afirmativos
superen a los negativos, no
siendo computables a estos
efectos los votos en blanco
ni las abstenciones.
Será
necesario mayoría
cualificada de las personas
presentes o representadas,
que resultará cuando los
votos afirmativos superen la
mitad de estas para :
a.-
Nombramiento de los cargos
de la Junta Directiva.
b.- Acuerdo
para constituir una
Federación de Asociaciones o
integrase en ellas.
c.-
Disposición o enajenación de
bienes
d.-
Modificación de Estatutos
e.-
Disolución de la Entidad
f.- Acuerdo
sobre remuneración de los
miembros de los órganos de
representación.
Artº
10º.- Competencias
1.- Son
competencias de la Asamblea
General Ordinaria los
asuntos siguientes:
a) Aprobar en
su caso la gestión de la
Junta Directiva.
b) Examinar y
aprobar las cuentas anuales
c) Resolver
sobre la aprobación del
inventario de bienes e
inmuebles cuya valoración
detallada de
los mismos
será realizada por el
miembro de la Junta
previamente designado por
esta última
d) Aprobar o
rechazar las propuestas de
las Juntas Directivas en
orden a las actividades de
la Asociación
e) Acordar
los gastos que hayan que
atenderse con cuotas
extraordinarias y su
establecimiento, así como
las cuotas extraordinarias,
fijar la cuantía de estas y
su periodicidad.
f) Cualquier
otra que no sea de la
competencia exclusiva de la
Asamblea Extraordinaria.
2.-
Corresponde a la Asamblea
General Extraordinaria.
a)
Nombramiento y revocación de
los miembros de la Junta
Directiva.
b)
Modificación de los
Estatutos.
c) Disolución
de la asociación y en su
caso, nombramiento de
liquidadores